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PLENO DE LAS CORTES DE CASTILLA-LA MANCHA

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Definición

El Pleno es el órgano de la Cámara que reúne a todos los Diputados elegidos por sufragio universal, igual, libre, directo y secreto de las cinco circunscripciones electorales, y constituye el foro de debate y declaraciones de los Grupos Parlamentarios.

Los Diputados ocupan en el Salón de Plenos siempre el mismo escaño agrupados por su adscripción a los Grupos Parlamentarios.

Las sesiones plenarias son públicas, pudiendo asistir a las mismas todos los ciudadanos que lo deseen, previa petición, ateniéndose a las Normas de régimen Interior sobre acceso a la Sede de las Cortes y a su salón de Pleno publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla-La Mancha núm. 13 (07/11/1995).

Convocatoria

El Pleno de las Cortes será convocado por el Presidente de la Cámara, por propia iniciativa o a solicitud, al menos, de dos Grupos Parlamentarios o de una quinta parte de los miembros de la Cámara en el caso de las sesiones ordinarias.

Las sesiones extraordinarias serán convocadas por el Presidente, con especificación del orden del día, a petición de la Diputación Permanente, de una quinta parte de los Diputados o del Presidente del Consejo de Gobierno.

Orden del día

El Presidente de la Cámara fijará el orden del día de acuerdo con la Mesa de la Cámara, oída la Junta de Portavoces

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